El teletrabajo y su obligación de equipar a sus trabajadores

Teletrabajo

A lo largo de la cuarentena, muchas empresas han instaurado la modalidad del teletrabajo como medida a las restricciones sanitarias. Esto quiere decir, que los trabajadores realicen su desempeño laboral en el lugar que más le acomode, generalmente sus casas. Sin embargo, esta nueva modalidad obliga a los empleadores a brindarles apoyo en términos técnicos y de conectividad.

Conforme a lo dispone el artículo 152 quáter L del Código del Trabajo, al empleador le corresponde proporcionar los equipos, herramientas y materiales para el trabajo a distancia o para el teletrabajo. Incluidos los elementos de protección personal. Asimismo, los costos de operación, funcionamiento, mantenimiento y reparación de los equipos serán siempre de cargo del empleador. Por lo que no puede ser obligado al trabajador a utilizar elementos de su propiedad.

Por lo tanto, se podría entender que dentro de la obligación del empleador, es entregar las herramientas para que el trabajador desarrolle sus funciones. Así como también los elementos de protección personal, esto es para su seguridad, y dentro de esto se podría, por ejemplo: entenderse la obligación de proporcionar una silla para que realice su trabajo. 

Consecuencias del teletrabajo

En consecuencia, pese a que las funciones se realicen de manera remota y típicamente en el hogar del trabajador, se deberá igualmente cumplir con las medidas de cuidado y seguridad. Por otra parte, si el trabajador no tiene una buena silla o lugar debidamente acondicionado para el trabajo, eventualmente podría acarrear lesiones a la espalda u otras áreas del cuerpo. Es por esto, que podría ser considerado como una enfermedad profesional.  

Sin perjuicio de todo lo anterior, en el tiempo que va implementando el teletrabajo no se ha visto muy desarrollada esta obligación. Por lo que es poco habitual ver a empleadores haciéndose cargo de proporcionar una silla especial de trabajo, por seguir con el ejemplo utilizado. Esto último, a menos que le sea solicitado expresamente por un trabajador debido a un tema físico acreditado.

Frente a este tipo de situaciones, lo recomendable para el resguardo de las partes, es que, junto con la entrega de los equipos y documentos asociados, se firme un acta de entrega donde se de detalle lo entregado. En el cual, debe estar detallado su estado y valor aproximado, esto para que sea devuelto en similares condiciones. 

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