A comienzos del 2021, se evidenció un aumento del 44,3% en el registró la creación de nuevas empresas. Hoy, según el último informe del Ministerio de Economía, correspondiente al mes de junio, suman más de 99 mil sociedades creadas a través del Registro de Empresas y Sociedades (RES) y del Diario Oficial. Sin embargo, si no sabes como crear una empresa, Legal Prisma te lo explica a continuación.
¿Qué es la constitución de sociedades?
Las Sociedades Comerciales son organizaciones, en las que una o más personas nacionales o extranjeras deciden invertir dinero con el objetivo de repartirse utilidades que se generen mediante el desarrollo de un negocio. Con esto, se entiende que cada Empresa o Sociedad que se crea, es una persona jurídica independiente, es decir, el patrimonio de la Sociedad es independiente del patrimonio de sus Socios y, solo se harán responsable estos últimos, hasta el monto que hayan aportado a la Sociedad o Empresa.
Las sociedades pueden ser de personas o de capitales. Las de personas se constituye entre los integrantes que la componen. Por otro lado, la sociedad de capitales se compone según la razón de los aportes, por tanto los socios pueden cambiar sin necesidad de autorización de los demás
Las sociedades de personas para poder crear, modificar o extinguir requiere el acuerdo o consentimiento de todos los socios. En cambio en las sociedades de capitales es suficiente el acuerdo de las mayorías sobre las minorías.
¿Cómo crear una empresa en Chile?
I. Escritura de Constitución de Sociedad
La Escritura de Constitución de Sociedad es fundamental para crear una Empresa en Chile ya que define que tipo de Sociedad es, el giro o actividad comercial a la cual se dedica, los socios que la conformarán, sus ingresos y aportes de capital. Además, detalla cómo se administrará dicha sociedad, la labor de cada uno de sus participantes y la forma de llegar acuerdos entre accionistas o los miembros que componen la Empresa.
Luego de la redacción de la Constitución de Sociedad, es necesario legalizar el documento ante un Notario Público, para luego ser inscrita en el Registro de Comercio y publicarla en el Diario Oficial.
II. Inscripción en Registro de Comercio
Luego de crear una empresa, se procede a inscribir la Sociedad en el Registro de Comercio y a publicarlo en el Diario Oficial. Estos eventos deberán realizarse dentro de los 60 días posteriores, contados desde la fecha que se estipula en la escritura.
La inscripción de la Sociedad, se realiza directamente en el Conservador de Bienes Raíces, órgano ligado a la Corte de Apelación de la región correspondiente al domicilio establecido por la sociedad. Este trámite puede ser realizado tanto por los socios o por un representante legal.
En caso de que no tenga conocimiento del Conservador de Bienes raíces que le corresponde, como Legal Prisma les sugerimos visitar el sitio de la Corporación Chilena de Estudios de Derecho Registral, en donde encuentra una nómina completa con los Conservadores de Bienes Raíces.
La persona que realice el trámite para crear una empresa, deberá presentar:
- Dos extractos originales o copias autorizadas por el mismo notario
- Escritura de constitución de la sociedad o Modificación.
La inscripción de la constitución puede demorar entre 3 y 7 días hábiles, y el costo está sujeto a la tasación de la Sociedad basándose en el capital inicial.
III. Publicación en el Diario Oficial
Este trámite debe realizarse dentro de 60 días contados a partir de la fecha registrada en la Escritura de la Sociedad. La publicación de la Escritura en el Diario Oficial, puede ser realizada por un Socio o el Representante Legal. Este último, debe concurrir a las oficinas del diario La Nación con el Extracto protocolizado de la Escritura.

IV. Regularización Tributaria.
Una vez inscrita y publicada la Sociedad, se debe gestionar la obtención de un Rol Único Tributario e iniciar actividades ante el Servicios de Impuestos Internos a nombre de la Empresa. La obtención del Rut se hará mediante la cuenta de un Socio o quien haga de Representante Legal ante el SII. Hecho este trámite, se procederá a elegir el régimen tributario que optará la Sociedad, junto con su representante legal y los giros mediante los cuales van a desarrollar su actividad económica.